Procedimientos que deben seguir las autoridades en caso de accidente
Es en caso de accidentes con daños materiales y/o lesiones personales, las autoridades deben seguir los siguientes procedimientos:
Accidentes de daños materiales
En los casos en que sólo resultan afectados los vehÃculos, inmuebles, cosas o animales y no se produzcan lesiones personales, es obligación del conductor detenerse y presentar a la autoridad que haga presencia en el lugar de los hechos: el documento de identificación, la licencia de conducción, la licencia de tránsito, el seguro obligatorio y la información sobre su domicilio (teléfono, dirección.)
Los conductores y demás implicados pueden conciliar sus intereses. En los casos en que no sea posible, el agente de tránsito levantará un informe en el formulario de accidentes de tránsito.
El agente de tránsito debe remitir a más tardar, dentro de las 24 horas siguientes a los hechos, copia del respectivo informe al organismo de tránsito competente y a los centros de conciliación autorizados por el Ministerio de Justicia en cada locación.
Es conveniente preguntar a la autoridad encargada del caso, sobre los trámites que debe seguir luego de concluido el levantamiento.
Accidentes con vÃctimas
Se ejecutan todos los puntos citados en accidentes con daños materiales, pero adicionalmente, la autoridad de tránsito debe practicar la prueba de embriaguez a los conductores implicados, para establecer si el conductor se encuentra bajo los efectos producidos por el alcohol, estupefacientes, drogas alucinógenas o hipnóticas, y establecer el grado de alcoholemia, con el fin de imponer las correspondientes sanciones.
Emergencias
Mientras usted conduce, puede ocurrirle contratiempos con gran rapidez. Quizás, sólo tenga una fracción de segundo para reaccionar bien. En caso de una emergencia, siga las siguientes pautas que tan sólo son sugerencias y consejos. Su seguridad depende de un comportamiento sereno y apropiado que le ayude a reducir las consecuencias de las emergencias.
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