Señales reglamentarias

Señales reglamentarias

Ceda el paso

Esta señal indica que el conductor que se enfrenta a ella, deberá siempre detener totalmente su vehículo, para poder reiniciar la marcha con precaución, luego de ver despejado el cruce, ya que los que van por la otra calle tienen preferencia de paso.

Pare

El conductor que se enfrenta a este cartel debe evaluar muy bien la situación, dado que esta señal otorga preferencia de cruce a la calle que se pretende atravesar. En este caso, el conductor debe disminuir la velocidad, y asegurarse que ningún otro vehículo se aproxime por la calle transversal para poder cruzar. Si esto sucediera, el conductor que se enfrenta al «ceda el paso» deberá detenerse totalmente y permitir que pasen los otros vehículos, para luego poder reiniciar la marcha con precaución.

Prohibido estacionar

Estas señales prohiben que el conductor estacione su vehículo, aunque sea por poco tiempo, en todo el espacio delimitado por las mismas. Pueden estar complementadas con el cordón pintado de rojo.

Prohibido estacionar y detenerse

Este tipo de señal reglamentaria, prohibe al conductor estacionar su vehículo, así como detenerlo tan sólo por un instante, ya sea para subir o bajar cosas o personas. También se complementa con el cordón pintado de rojo.

Prohibido girar a la izquierda

Al conductor que se enfrenta a esta señal de tránsito, le está absolutamente prohibido realizar la maniobra de giro a la izquierda. Se suelen encontrar en avenidas de doble sentido muy transitadas, donde realizar esta maniobra resultaría muy peligroso.

Prohibido girar a la derecha

Al conductor que se enfrenta a esta señal, le está absolutamente prohibido realizar la maniobra de giro a la derecha. Estos escasos carteles se ven en cruces muy particulares, donde por ejemplo, si los vehículos giran, se encuentran con el paso impedido, y no cuentan con espacio suficiente para detenerse.

Prohibido girar en «u»

La inversión de sentido («giro en U»), le está totalmente prohibida al conductor que se enfrenta a este cartel. Suelen verse en canteros centrales de algunas avenidas, y en intersecciones, donde sí se permite girar a la izquierda, pero en cambio no se puede volver por la misma avenida que se venía transitando.El giro en U es una maniobra que requiere de gran precaución, ya que es similar a realizar dos giros a la izquierda de una sola vez.

Prohibido cruzar peatones

Este es el único cartel destinado a los peatones, y el mismo indica que ellos no pueden cruzar en el lugar donde están colocados. Generalmente se ubican en esquinas con semáforos que habilitan girar a los vehículos, y debido a la gran cantidad de flujo vehicular, resulta muy peligroso para los peatones cruzar allí. Suelen verse barandas de contención acompañando a esta señal.

Prohibido tracción a sangre

Este cartel prohibe la circulación de vehículos de tracción a sangre, es decir todo tipo de carruaje remolcado por caballos u otros animales.

Prohibido circular ciclistas

Este cartel indica a los conductores de bicicletas, que por ese lugar está prohibida su circulación. Suelen verse en rutas y carreteras donde los límites de velocidad son mayores y hacen muy peligrosa la circulación de estos vehículos. Dentro de los límites del departamento de Montevideo, los menores de 14 años no pueden circular en bicicleta por la calzada.

Prohibido adelantar

Este cartel prohibe al conductor de un vehículo adelantar a otro que va en su mismo sentido. Suelen verse en repechos, curvas, puentes, y en general en lugares donde no se pueden tomar todas las precauciones para rebasar. En carretera, se complementan con la línea continua junto al eje central.

Prohibido circular camiones

Esta señal reglamentaria prohibe a los conductores de camiones circular por el tramo indicado. En el Centro y Ciudad Vieja está especialmente delimitada la zona de exclusión para dichos vehículos.

Circular por la derecha

Los conductores que enfrentan esta señal, tienen la especial obligación de circular por la derecha. Pueden verse a la entrada de puentes, curvas y túneles de doble vías, donde es más necesario circular por la senda de la derecha, a fin de evitar situaciones riesgosas.

Contramano

Este cartel indica que, de proseguir la marcha, quien lo enfrenta y a partir de allí, comenzaría a circular a contramano, es decir, en sentido contrario al permitido. Estos pueden verse en calles que cambian de sentido, así como en doble-vías que pasan a ser flechadas.

Velocidad minima 30km./h

Esta señal está indicando que la velocidad mínima a la cual se puede circular en el tramo indicado es de 30 kilómetros por hora. Suele verse en rutas y accesos, en los que se autorizan «grandes» velocidades, y donde circular muy despacio puede resultar peligroso.

Velocidad maxima 60 km./h

Esta señal indica que la velocidad máxima permitida en la zona es de 60 kilómetros por hora, y no debe superarse hasta que otro cartel similar lo autorice. El incumplimiento de esta norma es severamente castigado, y la infracción sólo puede ser constatada por el radar.

Los conceptos son apenas a título informativo, debiendo remitirse a las normas jurídicas para su aplicación.




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Un comentario en Señales reglamentarias

  1. César Estuardo Uribe Castellanos URIBE CASTELLANOS Dice:

    conducir con seguridad ante todo, no hay nada urgente en el peligro de perder tuvida?.

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