Estacionamientos: dónde estacionarse
El estacionamiento momentáneo o temporal sobre las vÃas públicas debe efectuarse únicamente en sitios permitidos, sin estorbar el tránsito de peatones y vehÃculos. En autopistas y zonas rurales, los vehÃculos pueden estacionarse únicamente por fuera de la vÃa, colocando las señales reflectivas de peligro y las luces de estacionamiento.
Está prohibido estacionar en los siguientes sitios
- Andenes, zonas verdes o espacio público destinado para peatones, recreación o conservación.
- En vÃas arterias, autopistas, zonas de seguridad o dentro de un cruce.
- En vÃas principales y colectoras en las cuales expresamente se indique la prohibición o la restricción con los horarios o tipos de vehÃculos.
- En puentes, viaductos, túneles, pasos bajos, estructuras elevadas o en cualquiera de los accesos a estas áreas.
- En zonas expresamente destinadas para estacionamiento o parada de cierto tipo de vehÃculos (de servicio público o para limitados fÃsicos).
- En carriles destinados a transporte masivo, sin autorización.
- A una distancia mayor de 0.30 m de la acera y a menos de 5 metros de la intersección correspondiente, en vÃas urbanas.
- En doble fila de vehÃculos estacionados o frente a hidrantes y entrada de garajes.
- En curvas.
- Donde interfiera con la salida de vehÃculos estacionados
- Donde las autoridades lo prohÃban.
- En zonas de seguridad y protección de vÃa férrea.
Si el conductor estaciona en prohibido y permanece en el vehÃculo, la autoridad competente le colocará la multa respectiva y le dará la orden de movilizarlo.
Las autoridades pueden bloquear o retirar con grúa cualquier vehÃculo que se encuentre estacionado en forma indebida, y no haya presencia del conductor o responsable del vehÃculo. Los costos de la grúa y del parqueadero a donde es llevado el vehÃculo, serán por cuenta del propietario o conductor del vehÃculo, incluida la multa respectiva.
Si usted no retira el vehÃculo del parqueadero donde se encuentra inmovilizado, en el término de un año, el vehÃculo puede ser subastado.
Procedimiento para Estacionar
- Cuando estacione en una vÃa pública, aléjese lo más posible del tránsito.
- Coloque la luz direccional correspondiente con la debida anticipación.
- Si la vÃa tiene andenes, aléjese lo más posible de la vÃa.
- Si tiene un sardinel, acérquese lo más posible a él. Nunca estacione a más de 0.30 m de distancia del mismo.
- Cuando haya estacionado el vehÃculo, coloque las luces intermitentes.
- En carretera, estacione sobre el lado derecho de la vÃa o en la berma. si la tiene.
- Respete los estacionamientos de los incapacitados y no los ocupe.
- Para estacionar en zonas demarcadas perpendicularmente o en espina de pescado, ponga las señales luminosas o haga las de mano con suficiente anticipación y coloque su vehÃculo en el centro del espacio seleccionado, sin obstruir los espacios vecinos.
- No olvide que las luces de estacionamiento deben usarse en cualquier vehÃculo que esté estacionado en una carretera o en la orilla de la misma, fuera de las ciudades y los pueblos. Use las luces intermitentes de emergencia.
- Al estacionar en las lomas o cuestas:
- Vire las ruedas de manera que, si su automóvil comienza a moverse por sà mismo, ruede en dirección contraria al tráfico o hacia el andén.
- Ponga el freno de emergencia.
- Si es necesario, utilice los tacos del equipo de emergencia
Retrocesos
No se debe realizar retrocesos en las vÃas públicas, salvo en casos de estacionamiento o emergencia. Cuando sea necesario y antes de empezar la maniobra, mire por los espejos retrovisores y vuelva la cabeza hacia atrás para asegurarse que tiene la vÃa libre; retroceda entonces, lentamente y nunca con alta velocidad.
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